Preguntas frecuentes sobre trámites ambientales
¿Mi proyecto necesita MIA federal o estatal?
Depende de la obra o actividad. El artículo 28 de la LGEEPA reserva a SEMARNAT, entre otras, la industria química, petroquímica, siderúrgica, cementera y eléctrica, las obras en zonas federales y los cambios de uso de suelo forestal. Lo que no está en esa lista lo evalúa la autoridad ambiental del estado, en Nuevo León conforme a su ley ambiental estatal.
¿Cuándo se presenta la COA federal?
La Cédula de Operación Anual se presenta ante SEMARNAT entre el 1 de marzo y el 30 de junio de cada año, con la información del año anterior. Varios estados, incluido Nuevo León, piden además un reporte estatal con sus propias fechas.
¿Qué tipo de generador de residuos peligrosos soy?
La Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos clasifica a los generadores por volumen anual: microgenerador, menos de 400 kg; pequeño generador, de 400 kg a menos de 10 toneladas; y gran generador, 10 toneladas o más. Las obligaciones crecen con la categoría, y los grandes generadores deben tener plan de manejo.
¿Qué es el NRA y para qué sirve?
El Número de Registro Ambiental identifica a tu establecimiento ante SEMARNAT. Lo usas en trámites federales como la COA, la Licencia Ambiental Única y el registro como generador de residuos peligrosos.
¿Atienden empresas fuera de Nuevo León?
Sí. Nuestra oficina está en Monterrey y trabajamos con empresas en todo México. Los trámites federales son iguales en cualquier estado; los estatales cambian, así que primero identificamos a la autoridad que te corresponde.
Fuentes: Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su reglamentación. Los requisitos pueden variar según la autoridad, el estado y el giro.