Desde el 10 de junio de 2026, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) simplificó varios de sus trámites administrativos, incluyendo procesos relacionados con el REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas). Menos requisitos documentales, procesos más ágiles, y una regla clave: la dependencia ya no puede pedir documentación distinta a la prevista en el propio acuerdo.

Es una buena noticia regulatoria, pero conviene entender bien qué cambia y qué no.

¿Qué cambia?

¿Qué NO cambia?

Esto es lo que muchas empresas pasan por alto: la simplificación es de papeleo, no de fondo. Tus obligaciones sustantivas en materia de seguridad e higiene, capacitación (DC-3), y cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) siguen exactamente igual. Lo que cambió es cómo se tramita, no qué se te exige cumplir en la práctica.

¿Tu empresa usa servicios especializados o los presta?

Si tu empresa está registrada en el REPSE, o si subcontratas servicios de empresas que deben estarlo, vale la pena revisar si tu trámite o el de tus proveedores está al día conforme a las nuevas reglas. Un REPSE vencido o mal gestionado puede generar observaciones en auditorías, además de exponerte a que tus proveedores no puedan facturarte legalmente los servicios especializados.

¿Tu empresa ya está al día con sus trámites ante STPS?

En Vive Seguridad damos seguimiento a los trámites administrativos y de cumplimiento normativo ante STPS para empresas en todo México, incluyendo REPSE, capacitación y programas de seguridad e higiene.

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